Es un alimento en cuyo diseño se han utilizado técnicas de ingeniería genética. Estos alimentos proceden de organismos, generalmente plantas, en los que se han introducido genes que proceden de otras especies o en los que se ha modificado sus genes, sin añadir ADN de otras.
Estos alimentos deben superar para su puesta en el mercado una rígida evaluación para asegurar su seguridad y su inocuidad.
Los alimentos transgénicos han de cumplir dos premisas:
- Que se ajusten a lo establecido en la normativa que los regula.
- Que sean alimentos sustancialmente a otros ya existentes.
En el etiquetado ha de aparecer reflejada la siguiente información:
- Las propiedades alimentarias tales como la composición, valor nutritivo y/o el uso al que se destinen.
- La presencia de materias con determinados efectos sobre la salud no presentes en el producto equivalente ya existente.
- La presencia de un organismo modificado genéticamente(OMG) obtenido mediante alguna de las técnicas utilizadas para tal efecto.
Si el producto contiene al menos un 1% de residuos transgénicos, se deberá indicar en la etiqueta (anteriormente era obligatorio indicar la presencia de transgénicos independientemente del porcentaje).
En España sólo está autorizado el comercio de alimentos con soja y maíz transgénico.
Además en el etiquetado de semillas de soja y maíz debe ir la siguiente información:
- Si el producto contiene lista de ingredientes deberán de figurar entre paréntesis bajo la mención: producido a partir de soja modificado genéticamente.
- Si el producto carece de lista de ingredientes las menciones señaladas deberán figurar en el etiquetado del alimento.
Las ventajas de esta moderna tecnología son:
- La mejora en las características nutritivas de los alimentos.
- Prolongar su vida útil.
- Posibilidad de conseguir cultivos resistentes a bacterias y virus así como reducir el uso de herbicidas.
- Obtención de cultivos resistentes al frío o a la sequía.
- a mejora de las características organolépticas de los alimentos.